PREGUNTAS FRECUENTES POLICÍA NACIONAL

Oferta de empleo público

Cada año, en el mes de marzo, aproximadamente, en ocasiones más tarde, el Gobierno publica la demnimonada OEP, Oferta de empleo público, donde , en base a las previsiones de los Presupuestos Generales del Estado  anuncia las plazas que preve convocar en los distintos Ministerios.

Las correspondientes al Ministerio del Interior, Policía y Guardia Civil son genéricas, es decir, un número total para unos y otros sin diferenciar escalas.

Una vez producido este hecho, cada Dirección General publicará las plazas, por escals y categorías que ofrece la OEP, junto con los requisitos de acceso a ellas. Todo ello por medio del Boletín Oficial del Estado (BOE).

Convocatoria

La DGP ( Dirección General de la Policía) publicará por separado la convocatoria de acceso a las categorías de Inspector, escala ejecutiva , con sus requisitos y a la categoría de policía, escala básica, con los suyos.

Requisitos para participar en el proceso selectivo de Escala Básica

 Para ser admitido a la práctica de las pruebas selectivas será necesario reunir, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos: 

  1. a) Tener la nacionalidad española. 
  2. b) Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación. 
  3. c) No haber sido condenado por delito doloso, ni separado del servicio del Estado, de la Administración Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. d) No hallarse incluido en ninguna de las causas de exclusión física o psíquica que impidan o menoscaben la capacidad funcional u operativa necesaria para el desempeño de las tareas propias de la Policía Nacional que vienen establecidas en el Anexo III de esta convocatoria. 
  4. e) Compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, que se prestará a través de declaración del solicitante. 
  5. f) Tener una estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 las mujeres. 
  6. g) Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B. 
  7. h) Estar en posesión del título de Bachiller o equivalente. El proceso de selección que habrán de superar los aspirantes será adecuado al título académico requerido. 

¿Qué plazo tengo desde que se convoque y cómo debo presentar la instancia o solicitud?

Normalmente en las últimas convocatorias son quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

La solicitud se realiza  utilizando el modelo de solicitud de admisión a pruebas selectivas de ingreso en la Policía Nacional (Modelo 790, que la puedes descargar en la  página web https://www.policia.es/ rellenando el formulario que se indica en la misma.

Presentación de la solicitud

 Una vez cumplimentados los datos de dicho formulario se descarga el impreso de solicitud en soporte papel por triplicado («ejemplar para la Administración», «ejemplar para el interesado» y «ejemplar para la entidad colaboradora»).

Pagamos por los medios que nos indican ( Pago telemático o ingreso de la tasa en entidad bancaria). El Banco se queda con uno de los tres ejemplares y con los otros dos vamos a una dependencia policial o habilitada para ello, que nos lo indicará en el BOE.

Allí presentamos el EJEMPLAR PARA LA ADMINISTRACIÓN, que lo sellan  y se lo quedan en la dependencia policial y nos sellan el ejemplar para EL INTERESADO, prueba, junto al ejemplar de pago, sellado o autenticado por la entidad bancaria, de que hemos cumplido los trámites.

¿Cuándo sé si estoy admitido/a?

 Terminado el plazo , la Dirección General de la Policía publicará, en el «Boletín Oficial del Estado», Resolución por la que se aprueba la lista de admitidos y excluidos del proceso, si bien en el «Boletín Oficial del Estado» solo se publicarán los excluidos, con indicación de la causa o causas de exclusión.

 Ambas listas se harán públicas en la Oficina de Información y Atención al Ciudadano del Ministerio del Interior (teléfono 902150002) y en las páginas web: www.policia.es, www.administracion.gob.es y www.interior.gob.es

Si estás excluido por alguna causa dispondrás de 10 días para intentar subsanar el error.

¿Qué paso hay después de ser publicados los listados?

La lista de admitidos contendrá los datos personales, las sedes de examen designadas por cada opositor para la realización de la primera y segunda prueba y del idioma elegido.

Fases del proceso selectivo

Una vez publicados los listados en la página www.policia.es y en la ventana particular para cada opositor solicitante, os citarán a las pruebas del proceso:

El orden de actuación ante los Tribunales, cuando a ello haya lugar, será alfabético, de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración del Estado, que se celebra cada año antes de la apareición de la OEP ( Oferta Empleo Público).

¿Cuáles son las pruebas y en qué orden?

  • Primera prueba: Aptitud física

Esta prueba consistirá en la realización por los opositores de los ejercicios físicos que se describen en el  BOE que abajo puedes descargar. La calificación de cada ejercicio será de cero a diez puntos, según lo establecido en dicho Anexo, teniendo en cuenta que la obtención de cero puntos en cualquiera de ellos supone la eliminación del aspirante.  Al final de este aprtado podrás descarar el BOE de la convocatoria de 2019.

  • Segunda prueba (de conocimientos y ortografía): Constará de dos partes eliminatorias:
  1. a) CUESTIONARIO DEL TEMARIO: Consistirá en la contestación por escrito en cincuenta minutos, a un cuestionario de cien preguntas, con un enunciado y tres alternativas de respuestas de las que solo una es verdadera, relacionadas con el temario.

 El Tribunal establece que serán considerados aptos en esta prueba los opositores que hubiesen obtenido al menos 50 puntos tras la aplicación de la fórmula expresada en el párrafo anterior.

  1. b) ORTOGRAFÍA : Consistirá en la contestación por escrito a un cuestionario para evaluar la capacidad ortográfica del opositor. Para su calificación se utilizará la fórmula de corrección aplicada a la prueba de conocimientos. La calificación será de «apto» o «no apto».
  • Tercera prueba. Constará de tres partes eliminatorias:
  1. a) Reconocimiento médico. Dirigido a comprobar que no concurren en el aspirante ninguna de las causas de exclusión a que se refiere la Orden de 11 de enero de 1988,
  2. b) Entrevista personal.

De carácter profesional y personal, y con la finalidad de comprobar la idoneidad del aspirante tomando como referencia factores que tienen incidencia directa en la función policial a desarrollar, será realizada por al menos un miembro del tribunal calificador y con el asesoramiento de los especialistas que se estimen necesarios. apoyadas con un curriculum vitae y una vida laboral que se deberá aportar en la fecha de citación para la ejecución de la entrevista.

El ( CIB) cuestionario de información biográfica, de realizarse, contendrá datos y aspectos de su vida, así como la opinión del mismo ante las cuestiones que se le planteen. Será probablemente la base de su posterior entrevista personal.

  1. c) Tests psicotécnicos.

Consistirán en la realización de uno o varios test dirigidos a determinar las aptitudes (inteligencia general) del aspirante para el desempeño de la función policial con relación a la categoría a la que se aspira. Para su calificación se utilizará la fórmula de corrección aplicada a la prueba de conocimientos y ortografía. El resultado final de la tercera prueba será de «apto» o «no apto».

Una vez finalizadas las pruebas, qué sucede?

Quienes superen la fase de oposición y hayan presentado en plazo la documentación exigida, serán nombrados Policías-alumnos por el Director General de la Policía, y en tal calidad se incorporarán a la Escuela Nacional de Policía de la División de Formación y Perfeccionamiento en la fecha que oportunamente se determine, para la realización de un curso académico de carácter selectivo de formación profesional e irrepetible.

¿Y después del curso selectivo de Ávila?

Quienes superen el curso selectivo realizarán un módulo de formación práctica en el puesto de trabajo que se determine por este Centro Directivo, necesario para la obtención del nivel de profesionalización requerido para la categoría a la que se aspira a ingresar. Son las llamadas “practicas”. En Comisarías y servicios policiales, tutelados por un tutor y realizando labores con los profesionales de la Comisaría.

¿Cuándo se realiza el nombramiento de funcionario de Policía Nacional?

Es preciso haber superado el periodo de prácticas, que suele durar un año aproximadamente. Los alumnos que superen el curso selectivo establecido en la correspondiente convocatoria y el módulo de formación práctica en el puesto de trabajo, serán

declarados aptos y nombrados, por el Secretario de Estado de Seguridad, Policías, de la Policía Nacional.

El escalafonamiento se llevará a cabo con arreglo a las previsiones contenidas en la normativa vigente en el momento de su aplicación.

 Los nuevos policías, antes de jurar o prometer su cargo elegirán destino de incorporación en base a dicho escalafonamiento.  Es el momento en que se les hace entrega de su placa-emblema profesional, y su título de Policía, como funcionario de carrera.

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